[primera parte publicada el 3 de agosto de 2024]
2-El Derecho y el proceso penal
La
Modernidad se ha mostrado incapaz de pensar que se pueda vivir fuera del
Derecho, eso nos ha convertido en sus prisioneras al pensar que se puede
legislar sin límites y sobre cualquier cosa. Es imprescindible salir de
esa lógica y poner en cuestión la dificultad irresoluble de combatir la
violencia contra las mujeres sin hacer explícito que los agresores no son
perturbados o locos, sino elementos que reproducen, en versión extrema, sus
imposiciones de género. La ley nunca podrá poner en cuestión el modelo de
distribución de géneros en todos los ámbitos en los que opera y lo único que
hace es parcializar el modelo y recurrir como única solución al castigo y el
encierro de los agresores.
Quizás debido a que nos enfrentamos a un problema
complejo, la izquierda institucional ha participado activamente del
punitivismo, al igual que amplios sectores del feminismo que han sido utilizados
para endurecer las penas. Dar prioridad al Derecho y al proceso penal para
combatir los ataques y discriminaciones contra las mujeres ha hecho olvidar a
un sector de los feminismos que la lógica penal tiene efectos sociales contraproducentes.
En primer lugar, el impacto de las penas en las personas es enorme y va
acompañado del olvido de las víctimas. En segundo lugar, el derecho penal no
parece ser un instrumento idóneo para resolver conflictos, puesto que provoca
más problemas que los que intenta resolver. Y, por último, el sistema penal es
en sí mismo un dispositivo de creación de feminidad que no es objetivo ni
neutral como pretende y que responde a valores e intereses patriarcales. El «giro carcelario» limita a los feminismos al
individuo y a lo punitivo, y marginaliza lo colectivo y la comprensión de lo
que hay tras la violencia.
Como venimos diciendo, el punitivismo, a través de los
dispositivos del Estado (derecho, policía, cárcel, etc.), puede impulsar una
política restrictiva y regulacionista con la que estamos profundamente en
desacuerdo, basada en:
· La
cultura del castigo como única respuesta a las agresiones y
discriminaciones que sufren las mujeres no disuade a quienes las cometen.
Deberíamos preguntarnos para qué sirve la pena. Desde luego, sabemos que, por
un lado, legitima la soberanía del Estado y refuerza su aparato coercitivo; y
que, por otro, puede servir para expresar el odio de las víctimas más que para
abordar las causas de los delitos.
· El
aumento de la inseguridad que crea un clima de «estado de
emergencia» en lo referente a las violencias que sufren las mujeres, un clima
de «guerra contra los hombres» como he escuchado a algunas mujeres libertarias,
sirve de excusa al punitivismo para el uso de la violencia en el que se basa. Esa
percepción de auténtico «pánico sexual» lleva a mujeres feministas a considerar
que todo es violencia y que esta se usa para medir la calidad de vida de las
mujeres entre las que han sido agredidas y las que no, mientras que se habla
menos de explotación laboral u otras cuestiones igualmente relevantes. La percepción de una situación grave de
inseguridad puede llegar a justificar la necesidad de que el Estado proteja a
las víctimas y, para ello, puede parecer necesario acusar a unos colectivos
como causantes de los malestares y ocultar realmente a quien los provoca.
·
La selección de los delitos y de los
causantes debería llevar a preguntarnos cuando se recurre a la
penalización de determinadas acciones, a quién se está criminalizando, puesto
que coincide que los causantes suelen ser personas pobres, racializadas y de barrios
marginales (así lo muestra la población carcelaria).
3-Victimización de las mujeres
Estamos de acuerdo con Françoise Vergès cuando plantea que quiere evitar pensar el
patriarcado bajo el prisma: mujeres víctimas/hombres verdugos, aunque entre
estos haya quienes merecen ese calificativo. Y lo vemos así porque construir a
las víctimas como sujeto político que legitima las demandas políticas priva a
las mujeres de la posibilidad de hablar como algo más que víctimas, pasando a
ser percibidas como seres sin agencia necesitadas de la protección que han
perdido al pasar a ser el «natural protector» (marido o compañero), su agresor.
Esta «figura natural de protección» es sustituida por la agencia estatal. Legitimarse como sujetos
políticos autodefiniéndose como víctima tiene como consecuencia el regreso de
la justicia penal al foco de atención, respaldando y consolidando el cambio en
el ámbito de la seguridad que en estos mismos años se ha ido imponiendo en toda
Europa y en otros lugares.
La victimización de las mujeres pretende además
definir sujetos que sean «buenas víctimas» para abordar los conflictos desde la
lógica binaria o dualista presente en lo penal: delincuente-víctima, malo-buena.
El modelo de «buena víctima» suele definir a una mujer inocente, ingenua, que
no provoca, que no negocia, que conviene, en definitiva, al modelo de mujer
victimizada. El Estado, en representación de las mujeres, es el encargado de
poner límites porque ese modelo de «buena víctima» no es capaz de ponerlos, de
esta manera se positiviza el papel del Estado y de sus cuerpos de seguridad.
Hay una parte de los feminismos que en lugar de
contrarrestar esta victimización necesitada de protección (si no es por parte
de hombres, por parte del Estado) ve a las mujeres como víctimas continuas de
la construcción de género, de ahí su insistencia en la necesidad de aislar a
las mujeres de los peores abusos que realiza esa clase de dominación no a
través de estrategias emancipatorias, sino de restricciones y regulaciones de
la sexualidad y el discurso: censura, demandas por daños, más policía, más regulación,
más seguridad, etc.
El feminismo punitivista,
como ya hemos visto, ha considerado que la base de las discriminaciones que
sufren las mujeres es la sexualidad, convirtiendo la heterosexualidad en una
relación de dominación del poder patriarcal en la que se aprende la sumisión.
Esta perspectiva procede de las llamadas dominance feminist, tendencia
que ha sostenido que las mujeres son una clase oprimida, que la sexualidad es
la causa de dicha opresión y que la dominación masculina descansa en el poder
de los hombres para tratar a las mujeres como objetos sexuales. Han potenciado
un discurso mujerista (esencialista) y victimista.
4-Construir propuestas anarcofeministas
Cuando se habla de «Justicia Patriarcal» hablamos de
una justicia que conlleva que la palabra de la víctima no tiene valor. Además,
es una justicia que interviene sobre la víctima y no sobre el victimario (no
hay casas de acogida para los hombres violentos sino para las
mujeres-víctimas).
El feminismo anarquista plantea no denunciar ante la
justicia patriarcal y que las mujeres produzcamos otro tipo de justicia.
Tenemos claro que la relación victimario/víctima no se resuelve con la cárcel. Queremos
asumir la responsabilidad de construir otra respuesta de justicia que aglutine
los casos como fenómenos sociales históricos que superar y no como delitos
individuales. Asumimos también la responsabilidad de no fortalecer el sistema
carcelario clasista, racista, patriarcal, policiaco y corrupto. La justicia hay
que construirla fuera del código penal, de la policía y de la cárcel
El antipunitivismo, por tanto, es un planteamiento que
critica el entramado público-privado del punitivismo. Considera que el poder
punitivo es un sistema de violencia estatal organizada, sexista, racista,
revictimizante, selectivo en su control e inadecuado para el proyecto
feminista, ya que lo punitivo es una pieza angular para el sostenimiento del
sistema patriarcal que sigue propagando los mismos modelos de
interpretación/acción respecto al género, sexualidad, clase, raza y poder. Por
ello, lo consideramos una estructura fracasada que debe ser abolida.
El anarquismo tiene una larga genealogía
antipunitivista, abolicionista de las cárceles y cuestionadora de las políticas
del Estado y de su dispositivo penal. Igualmente, podemos destacar su constante
lucha contra la dominación y el poder, con aciertos y con elementos que
obligatoriamente hay que revisar en este siglo XXI. El punitivismo es
incompatible con el feminismo anarquista ya que no confiamos en los castigos
legales para acabar con la violencia contra las mujeres y mejorar su situación.
El antipunitivismo feminista está en construcción, las
feministas anarquistas tenemos la ventaja de caminar por un sustrato de
experiencias, saberes y luchas que explican por qué es en el ámbito libertario
y anarquista donde el antipunitivismo y el abolicionismo están más arraigados y
tienen un recorrido más largo. No quiero ocultar que también en el seno del
anarcofeminismo hay personas que participan de la cultura del castigo de las
violencias, que recurren con frecuencia a los tribunales para denunciar agresiones
y que comparten con el feminismo cultural una visión simplista y moralista de
la sexualidad.
Nuestra opción no va en esa dirección punitivista, queremos imaginar la protección más
allá de la represión, de la vigilancia, de la cárcel y del paternalismo.
Queremos reapropiarnos del ámbito de la protección e inventar sistemas de
protección de los seres humanos sin hacer de ellos víctimas, sin entender la
debilidad como un defecto. El antipunitivismo feminista y anarquista parte del
reconocimiento de que el Derecho y el proceso penal es patriarcal y que debe
transformarse en la línea de deconstruir el pensamiento
heteropatriarcal-sexista. Tarea ardua que no se conseguirá con otras leyes,
sino con una práctica y un pensamiento anarcofeminista en la línea
prefigurativa que consiste en reproducir en el propio proceso de vida aquello
por lo que se está luchando.
El
anarcofeminismo debe indagar en las ventajas de la justicia restaurativa
o justicia reparadora como forma de pensar la justicia cuyo foco de
atención son las necesidades de las víctimas y los autores o responsables del
delito, y no el castigo a estos últimos ni el cumplimiento de principios
legales abstractos. En esta justicia restaurativa es importante tener en cuenta
«la comunidad cercana» en el conflicto y su gestión.
Para concluir, difícilmente el término violencia puede
definir la compleja situación de desigualdad, subordinación y discriminación a
la que las mujeres todavía están sometidas, y también la experiencia que tienen
en esta situación distintas mujeres en contextos diferentes. Es importante, por
tanto, indagar en las motivaciones y las formas que adopta la violencia
masculina sobre las mujeres, puesto que está extendida en todas las latitudes y
atraviesa todos los estratos sociales. Esta tarea de comprender qué se esconde
detrás de la violencia es importante para poder oponerse con otros instrumentos
que no sean solo los de la justicia penal.
Laura Vicente
Artículo publicado en la revista Redes Libertarias nº 1
Macaya, Laura, «Violencia de género y
victimización en las políticas estatales» en Sánchez, Irene, Olivé, Neus, Martín,
Lorena, Macaya Laura Putas e insumisas.
Violencias femeninas y aberraciones de género: reflexiones en torno a las
violencias generizadas. Barcelona, Virus, 2017, p. 63.
Francés, Paz en «A la
búsqueda de alternativas en la justicia desde los feminismos» en Serra, Clara, Garaizábal,
Cristina y Macaya, Laura (Coordins.), Alianzas rebeldes. Un feminismo más
allá de la identidad. Manresa, Bellatierra. 2021. Esta autora habla de los
feminismos carcelarios; los feminismos minimalistas o garantistas y los
directamente abolicionistas de la cuestión penal y de la prisión.
Vergès, Françoise, Una teoría feminista de la violencia. Por una
política antirracista de la protección. Madrid, Akal, 2022.
Macaya, «Violencia de género y victimización en las
políticas estatales», p. 59.
Brown,
Wendy, Estado del agravio. Poder y libertad en la modernidad tardía. Madrid,
Lengua de Trapo, 2019, p. 190-191.